Los Académicos de la UIA comentan

Indice de comentarios

 En la autodestrucción, a AMLO sólo le sale bien lo que lo daña

 Por José Carreño Carlón 28 febrero, 2008.

Académicos de la UIA comentan: El asesinato virtual de López Obrador y la responsabilidad de los medios ante el público.

Por Regina Santiago el martes 26 de febrero, 2008

Académicos de la UIA comentan: Fidel y AMLO: ‘razón histórica’ para ‘presidencias ’ vitalicias

Por José Carreño Carlón 22 febrero, 2008.

Televisa, Creel y sus fantasmas…Es más una estrategia de medios que de seguridad

Por Regina Santiago Núñez

 

por José Carreño Carlón 08 agosto 08 

El secuestro de Beijing

2 comentarios hasta ahora

  1. [...] último, la sección de “Los Académicos de la UIA comentan” se me hace una excelente idea, pues es algo que le da un plus al blog, pero desgraciadamente [...]

  2. erika vilfort on

    Por este conducto, te escribo para denunciar públicamente a las Sra. Martha Debayle locutora de uno de los programas de RadioW. http://www.wradio.com.mx/ Esta señora a demás de infringir mis de derechos de autor se la ha pasado manchando mi nombre y la de otras personas cercanas, usurpando mi identidad para obtener un beneficio económico (en publicidad) y dándole mal uso a las telecomunicaciones (a través del sistema de espejos). En sus programas se la pasa inquietante y perturbantemente hablando de mis ex-parejas o tratando de establecer marcos de referencias equivocados. Lo anterior me ha perjudicado psicológicamente, emocionalmente, afectivamente y económicamente.

    Esta señora, se la ha pasado utilizando estrategias de acoso, seudónimos y falsificaciones de mi vida privada para legitimar una producción de cine ilegal que se realizó en un espacio privado y/o para atraer radioescuchas a sus programas de radio (mercadotecnia ilegal). Como bien sabe la vida privada está protegida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la libertad de expresión o derecho de informar no puede cancelar el primer derecho. Si los medios de comunicación necesitan al público para realizar sus contenidos, lo más deseable es preguntarles a las autoras de ésta información, sin que ésta se obtenga a través de foros electrónicos de personas que infrigen los derechos de la protección de la vida privada y de autor.

    Cabe mencionar que esta señora recibe millonarias cantidades por publicidad y por realizar su programa. Entonces no veo porque necesita apropiarse de la vida de otros y/o apropiarse de información en forma ilegal para realizar sus contenidos y establecer falsedades.Cabe mencionar que la intimidad es lo que posibilita las relaciones humanas y el desarrollo de las relaciones intra-familiares. En México “celebramos las infidencias como un acto de gran valentía” que no tiene valor noticioso ni público (JSHM-reforma) y nos olvidamos de los principios básicos que posibilitan nuestra convivencia.

    Sustento Jurídico

    Realizo la siguiente denucia conforme a mi derecho de réplica y la legislación vigente de México

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Artículo 6. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o
    administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.

    Ley Federal de Radio y Televisión
    Artículo 10. Compete a la Secretaría de Gobernación:

    I.- Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de tercero, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden y la paz públicos;

    Ley Federal de Telecomunicaciones
    Artículo 49

    La información que se transmita a través de las redes y servicios de telecomunicaciones será confidencial, salvo aquella que, por su propia naturaleza, sea pública, o cuando medie orden de autoridad competente.

    Ley Federal de Derechos de Autor
    (varios artículos)

    Ley de Responsabilidad Civil para la protección del derecho a la vida privada, el honor y la propia imagen
    (varios artículos)

    http://podcasting.grupolatinoderadio.com/pocasting/MX/W/notas/822166.mp3


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