Jueces objetan licitaciones espectro
Por Rogelio Varela, publicado en El Financiero
Apenas ayer le decía que la subasta de espectro para telefonía móvil ha entrado en un vuelco total luego de que varios jueces han cuestionado la legalidad de dicho proceso, básicamente poniendo topes a la compra de espectro para empresas que ya están en el negocio de la telefonía móvil.
Hablamos de procesos que van desde la suspensión provisional, que es relativa a los CAP, pero también hay una sentencia en primera instancia sobre el fondo del proceso diseñado por la Comisión Federal de Competencia, de Eduardo Pérez Motta, y la Comisión Federal de Telecomunicaciones, de Héctor Osuna Jaime, que determinaron limitar la compra de espectro y que daría lugar a reponer el procedimiento.
Apenas ayer un tribunal otorgó una suspensión provisional que impide a la autoridad declarar al ganador.
Con esto no sólo se frena un proceso altamente cuestionado por varias empresas, cuestiona de entrada la legalidad del mismo, y lo curioso que son tres jueces los que han cuestionado el proceso.
Los amparos fueron solicitados por empresas de Grupo Salinas. Se trata de Telecomunicaciones del Golfo y Iusacell PCS.
Como sabe, esta semana los diversos interesados en la compra de espectro debían presentar sus ofertas económicas, el riesgo es que si la autoridad sigue de frente podría caer en desacato, de ahí que tendrá que evaluar ese riesgo la subsecretaria de Comunicaciones, Gabriela Hernández Cardoso, que quizá recuerde hace un par de meses minimizó los procesos presentados en varios tribunales.
El caso es que la cuestionada licitación de las bandas de 1.7 y 1.9 Ghz del espectro radioeléctrico corre el riesgo de fracasar.
Por lo pronto, le comento que el juez 9 de Distrito en Materia Administrativa concedió el amparo que al respecto interpuso Iusacell PCS.
En su resolución el juez consideró que la Cofetel violó las garantías individuales de legalidad y seguridad jurídica establecidas en el Artículo 16 de nuestra Carta Magna.
Con ello se confirma que las bases de la licitación no tienen sustento legal, ya que el órgano regulador de las telecomunicaciones nunca señaló el fundamento para fijar los límites máximos de acumulación, ni dio razones para limitar específicamente los derechos de Iusacell.
Iusacell obtiene un amparo que exhibe violación de garantías en el proceso, y le puedo decir que en otros juzgados hay expedientes similares presentados por otras empresas.
Pero como le comento, si la CFC y Cofetel deciden continuar con las licitaciones 20 y 21 para ampliar la infraestructura de telefonía móvil, violarían una sentencia de amparo. La resolución establece que la Cofetel debió haber señalado el fundamento legal con base en el cual estableció esa limitación, lo cual no hizo, y que debió de haber señalado con precisión las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que haya tenido en consideración para establecer esa limitante, respecto de lo cual también fue omisa.
El razonamiento judicial se basa en el principio de legalidad y seguridad jurídica contenido en el Artículo 16 de la Constitución, que consiste en que todo acto de autoridad que limite o afecte los derechos de un particular debe tener como base una disposición legal concreta que le permita a la autoridad limitar los derechos de un particular y que la autoridad debe expresar las consideraciones que tomó en cuenta para aplicar la disposición legal que limita los derechos de los particulares.
En fin, está en riesgo la subasta de espectro que no cuidó que la licitación se apegara a nuestra Carta Magna, y que todo apunta será otro proceso fallido para la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de Juan Francisco Molinar Horcasitas.