Por Alberto Barranco, publicado en El Universal
Acusada de tasar a las empresas del ramo bajo dos pesas y medidas, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes está transparentando, finalmente, los criterios bajo los que negó el refrendo de concesiones a Televisa, la cadena MVS y el grupo Salinas.
La intención, naturalmente, es mostrar una tabla rasa, sin distingo de jerarquías, influencias o capacidad de presión, en un escenario en que, pese a la espesa polvareda levantada, no son las únicas a quienes se ha aplicado la guillotina.
De entrada, en el caso de la cancelación del canal 46 de Televisión de paga que operaba Televisa vía su filial Cablevisión, se insiste en que la solicitud de refrendo fue extemporánea.
De acuerdo a un informe solicitado a la Cofetel, hasta el 30 de abril del año pasado no había registro de solicitud alguna… por más que éste se planteó un día antes.
De acuerdo a la ley, la petición debió haberse turnado antes del 10 de noviembre de 2008.
En paralelo, Cablevisión no hizo uso del canal de la banda UHF, con cobertura para la metrópoli y el Valle de México, durante la vigencia de la concesión.
El argumento es idéntico al esgrimido para justificar la cancelación de la concesión que mantenía MVS para operar el canal 52, cuyo propietario original era Cablevisión.
Esta la había adquirido en 2000, con una vigencia de 10 años, autorizándose la cesión en 2004.
Y aunque en febrero de 2008 la cadena le envió a la dependencia un oficio reiterando una supuesta solicitud de refrendo planteada dos años atrás, según la Cofetel no había registro alguno de que ésta se haya recibido.
De acuerdo a la propia instancia regulatoria la copia exhibida por la cadena era apócrifa.
De hecho, el asunto está en los tribunales.
Y si bien MVS ganó un amparo en el juzgado cuarto de Distrito en Materia Administrativa del DF, éste sólo tenía efectos para que la dependencia diera una respuesta… la que llegó puntual, sólo que negativa.
Adicionalmente, la SCT le negó a MVS la prórroga de nueve títulos de concesión de audio restringido en la banda de los 2.5 gigahertz.
La exposición de motivos señala que el espectro no era aprovechado cabalmente, por lo que se recuperó para reordenar la banda con miras a la prestación de servicios en tercera y cuarta generación, es decir voz, video, datos e internet de banda ancha.
En lo que toca a la multa de 4 millones 453 mil 150 pesos tanto a Televisión Azteca como a la Televisora del Valle de México por operar algunos canales en el sistema Hi-TV, se señala que se estaba utilizando un formato digital distinto al autorizado por el Acuerdo de Política Digital.
En paralelo, se aduce que en el contexto de las concesiones en telecomunicaciones sólo pueden prestarse los servicios que permite el título respectivo.
El codificador para revertir las señales se vendía en las tiendas Elektra, lo que según ello obligaría a su incautación, en tanto perjudiquen la transmisión de señales de televisión abierta.
Ahora que el propio grupo Salinas de Ricardo Salinas Pliego se le negó, alegando desuso, la prórroga de una concesión por 50 años para instalar, operar y explotar equipos radiotelefónicos fijos y móviles.
Esto le permitió en su momento a Iusacell empezar a operar.
De acuerdo a su exposición de motivos, el 21 de agosto del 2009 la SCT le notificó a la firma las condiciones para autorizar la prórroga, entre ellas refrendar las bandas de frecuencias de 800 megahertz con que opera Iusacell en telefonía móvil, y un pago de 894 millones 211 mil 620 pesos como aprovechamiento.
Iusacell se inconformó interponiendo un amparo que lo ganó en definitiva, cuyo punto central era evitar que se le exigiera contraprestación alguna.
La SCT solicitó la revisión de la sentencia, con la novedad que ésta se modificaría el 11 de febrero pasado, exigiéndose ahora a Iusacell garantizar, mediante depósito en la Tesorería, el monto del aprovechamiento, es decir los 894 millones. A cambio de ello, la firma no estaría obligada de aceptar ninguna condicionante planteada por la autoridad, quedando ésta en opción de resolver en definitiva si concedía o rechazaba la prórroga.
Por lo pronto, en afán de abonar a su pretensión de convencer que actúa con equidad, la SCT transparenta una lista de prórrogas de concesiones negadas a los solicitantes, entre ellas a la Intercomunicadora del Pacífico operada por Teléfonos de México.
Más allá, a Radio Contacto S.A. se le negó otra para radiolocalización de frecuencias, y a Servicios de Teleinformática y Consultores una más para radiocomunicación móvil marítima. Lo cierto es que el golpe asestado a MVS, y de pasadita al grupo Salinas, no es equivalente ni de lejos al rozón a Televisa.